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REGLAMENTO DE LA LEY 32069 · III — DISPOSICIONES GENERALES A BIENES, SERVICIOS Y OBRAS · II — Fase de selección

Artículo 65. Registro de participantes

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65.1. El registro de participantes se realiza de forma gratuita a través de la Pladicop, de acuerdo con el cronograma del procedimiento de selección. Para registrarse como participante, el proveedor debe contar con inscripción vigente en el RNP, conforme al objeto de la contratación.

65.2. El registro de participantes se lleva a cabo desde el día siguiente de la convocatoria hasta antes del inicio de la presentación de ofertas, según corresponda, salvo en los procedimientos de selección que cuenten con la etapa de precalificación, en cuyo caso el registro concluye antes de esta etapa.

65.3. El proveedor que se registra como participante se adhiere al procedimiento de selección en el estado en que se encuentre.

65.4. El registro de participantes puede ser de tres tipos, dependiendo de la modalidad del procedimiento de selección, conforme lo señalado en los artículos 93, 94 y 95:

a) Lista abierta: cualquier proveedor puede registrarse como participante en el procedimiento de selección.

b) Lista abierta con invitación: la entidad contratante invita a determinados proveedores a registrarse, lo que no obsta que puedan registrarse otros proveedores interesados.

c) Lista cerrada: Solo pueden registrarse los proveedores que la entidad contratante invita.

65.5. En los procedimientos de selección que contemplen la posibilidad de invitar a proveedores, dicha invitación se realiza a través de la Pladicop y está a cargo de la DEC.

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